Tecnología, Región, Medios
Microsoft se interesa por RIM y podría invertir 3.500 millones de dólares
Microsoft busca formas para conseguir que
Windows Phone tenga una mayor presencia en el mercado. La compañía de
Redmond dio un paso importante en este sentido gracias a su acuerdo con
Nokia, que podría permitirle ganar enteros en los próximos años. Sin
embargo, Windows Phone todavía está lejos de los líderes del sector,
sobre todo de Android. El sistema de Google, al ser de código abierto,
está en un gran número de terminales de muchos fabricantes, lo que ayuda
a su difusión y al interés de los desarrolladores.
La estrategia de Microsoft no puede ser como la de Google porque su sistema no es abierto, por lo que parece que está explorando otras vías. La intención de Microsoft es llegar a acuerdos como el que ha conseguido con Nokia. Esta estrategia pasa por ampliar la influencia de Windows Phone y Microsoft quiere que sea con grandes empresas. En este sentido, la última compañía que ha sonado es Research in Motion.
La fabricante de BlackBerry está en una situación complicada. RIM está trabajando duro para hacer frente a Android e iOS y se espera que con BlackBerry 10 la compañía dé un salto de calidad. Sin embargo, rumores filtrados por Financial Times aseguran que ese podría no ser el futuro de RIM. Al parecer, Microsoft se ha fijado en la compañía como su siguiente objetivo para crecer y estaría dispuesta a realizar una importante inversión.
La estrategia de Microsoft no puede ser como la de Google porque su sistema no es abierto, por lo que parece que está explorando otras vías. La intención de Microsoft es llegar a acuerdos como el que ha conseguido con Nokia. Esta estrategia pasa por ampliar la influencia de Windows Phone y Microsoft quiere que sea con grandes empresas. En este sentido, la última compañía que ha sonado es Research in Motion.
La fabricante de BlackBerry está en una situación complicada. RIM está trabajando duro para hacer frente a Android e iOS y se espera que con BlackBerry 10 la compañía dé un salto de calidad. Sin embargo, rumores filtrados por Financial Times aseguran que ese podría no ser el futuro de RIM. Al parecer, Microsoft se ha fijado en la compañía como su siguiente objetivo para crecer y estaría dispuesta a realizar una importante inversión.
Mitos, ventajas y desventajas de la ley de acceso a Internet
La rápida aprobación por parte del Congreso de este proyecto ha
suscitado no pocas dudas, muchas de ellas infundadas porque las
novedades de esta ley son muy pocas.
Precisamente, los expertos coinciden en que no hay aportes significativos, sino que se trata de una ley de trámite cuyo objetivo principal era la instrumentación del TLC, según unos acuerdos que se habían alcanzado previamente con Estados Unidos.
Precisamente, los expertos coinciden en que no hay aportes significativos, sino que se trata de una ley de trámite cuyo objetivo principal era la instrumentación del TLC, según unos acuerdos que se habían alcanzado previamente con Estados Unidos.
Estos son los mitos, las ventajas y las desventajas de su
aprobación.
Mito: La ley castiga a los usuarios de internet que reproduzcan información que se encuentre en la red. Falso.
El proyecto aprobado por el Congreso no regula ni prohíbe nada nuevo que no esté contemplado en la ley de autor que rige en Colombia. Según Juan Francisco Ortega, director de Grupo de Estudios de Derecho de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Gedcop).
En este sentido los usuarios podrán poner en su blog o página personal, por ejemplo, un video de Youtube sin problema. Pero, y tal como lo estipula la legislación actual, si las imágenes son las de un concierto o de una película que una persona haya realizado con su cámara, sí es ilegal porque está violando los derechos de autor.
Mito: Este proyecto es lo mismo que la ley Lleras. Falso.
Para Ortega, el proyecto radicado es una norma que bien se podría calificar de trámite, ya que su principal objetivo es cumplir los compromisos adquiridos en el proceso de la instrumentación del TLC. “En ningún momento tiene el mismo espíritu de la Ley Lleras”, asegura.
Para el senador conservador Carlos Ramiro Chavarro, quién fue ponente del proyecto durante el debate en el Senado, este es uno de los mitos que más han satanizado este proyecto, “cuando nada tiene que ver lo uno con lo otro. No tienen el mismo espíritu, ni el mismo alcance”, aclara.
Sin embargo, la postura del senador Camilo Romero es opuesta y asegura que el ministro del Interior, Germán Vargas Lleras, presentó una ley nociva para los internautas, “con el pretexto de proteger derechos de autor, su verdadera intención se metió de contrabando en esta nueva ley”.
Más allá de la disputa política, es importante reconocer que lo que buscaba regular la ya hundida en el Congreso Ley Lleras era la regulación de las empresas prestadoras de servicio de internet, como Yahoo, Messenger, Facebook, etcétera, un objetivo distinto a la que tiene la norma actual.
Mito: Impone nuevas penas. Falso.
Este proyecto no contempla penas ni castigos nuevos que no estén ya incluidos en la legislación colombiana o en los acuerdos suscritos por Colombia.
Aciertos
Para Juan Francisco Ortega, el principal acierto de la norma es que define el ánimo de lucro. En el artículo 2 del proyecto, que reforma el artículo 61 de la Ley de Derechos de Autor, lo define como ganancia o provecho que se saca de algo. “Quienes abogan por suprimir esta referencia señalan que dicho concepto es discutido y discutible. Pero en el ámbito jurídico, el concepto es perfectamente claro: en el derecho de obligaciones nadie discute que el ánimo de lucro es el deseo de obtener un beneficio o ganancia”, precisa Ortega.
El segundo punto ventajoso del proyecto es, para los que la defienden, que regula aspectos esenciales del derecho de autor de Colombia.
Para Carlos Ramiro Chavarro, su principal objeto es cumplir y ajustar la normatividad colombiana a los conceptos de autor, de intérprete de artistas, ejecutante, etcétera. “En Colombia estábamos con la misma ley de derechos de autor del año 1982, hace 30 años. Entonces éramos un estado analógico en el que no había almacenamiento de USB o de cualquier mecanismo de información sino de fotocopias. Treinta años después nos ajustamos a un país digital”, explica.
Sin embargo, y aunque este es uno de los puntos que se han mostrado como una ventaja, Ortega pregunta por qué la ley deja vacíos importantes que habrían permitido regular mejor los derechos de autor en Colombia. “Actualmente el sistema no funciona adecuadamente porque no acepta excepciones ni limitaciones a los derechos exclusivos y resulta anacrónico con los tiempos que se viven sino también prácticamente imposible de controlar”, explica.
Actualmente existe violación de los derechos de autor en los siguientes casos: Parodiar una canción; traducir un texto del español al braille o hacer cualquier interpretación de una melodía.
Desventajas
Una de las cuestiones más discutidas es el artículo 13 que prohíbe la retransmisión de señales de televisión por internet. Sobre este punto, el senador Camilo Romero asegura que esto atenta contra la libertad de expresión y de información al prohibir cualquier tipo de retransmisión de contenido televisivo por internet.
Para Juan Francisco Ortega, eso no es del todo así. Asegura que la ley no afecta a los jóvenes, pero reconoce que hay sectores que piensan que una regulación tan cerrada puede perjudicar la innovación tecnológica y el desarrollo de nuevos modelos de negocio.
Sin embargo, Ortega dice que se podrían ver perjudicadas iniciativas empresariales cuyo objetivo sea que el usuario acceda a todos los canales desde una sola aplicación. “La pregunta es si es justo y equilibrado que alguien obtenga enormes beneficios derivados de publicidad o lucro indirecto a costa del trabajo de otros sin adquirir previamente los derechos de propiedad”, cuestiona Ortega.
Sobre este punto la ley acoje varias excepciones: reproducir y distribuir por la prensa o emitir por radiodifusión o transmisión pública por cable, artículos de actualidad, de discusión económica, política o religiosa publicados en periódicos o colecciones periódicas, u obras radiodifundidas que tengan el mismo carácter, en los casos en que la reproducción, la radiodifusión o la transmisión pública no se hayan reservado expresamente.
El otro tema polémico es la reducción de la ‘cuota de pantalla’ contemplada en el artículo 21, que reduce las producciones nacionales en fines de semana y festivos del 50% al 30%, “lo que va en contra de la defensa del trabajo de los colombianos y colombianas, que tanto menciona el Gobierno", afirma Romero.
Mito: La ley castiga a los usuarios de internet que reproduzcan información que se encuentre en la red. Falso.
El proyecto aprobado por el Congreso no regula ni prohíbe nada nuevo que no esté contemplado en la ley de autor que rige en Colombia. Según Juan Francisco Ortega, director de Grupo de Estudios de Derecho de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Gedcop).
En este sentido los usuarios podrán poner en su blog o página personal, por ejemplo, un video de Youtube sin problema. Pero, y tal como lo estipula la legislación actual, si las imágenes son las de un concierto o de una película que una persona haya realizado con su cámara, sí es ilegal porque está violando los derechos de autor.
Mito: Este proyecto es lo mismo que la ley Lleras. Falso.
Para Ortega, el proyecto radicado es una norma que bien se podría calificar de trámite, ya que su principal objetivo es cumplir los compromisos adquiridos en el proceso de la instrumentación del TLC. “En ningún momento tiene el mismo espíritu de la Ley Lleras”, asegura.
Para el senador conservador Carlos Ramiro Chavarro, quién fue ponente del proyecto durante el debate en el Senado, este es uno de los mitos que más han satanizado este proyecto, “cuando nada tiene que ver lo uno con lo otro. No tienen el mismo espíritu, ni el mismo alcance”, aclara.
Sin embargo, la postura del senador Camilo Romero es opuesta y asegura que el ministro del Interior, Germán Vargas Lleras, presentó una ley nociva para los internautas, “con el pretexto de proteger derechos de autor, su verdadera intención se metió de contrabando en esta nueva ley”.
Más allá de la disputa política, es importante reconocer que lo que buscaba regular la ya hundida en el Congreso Ley Lleras era la regulación de las empresas prestadoras de servicio de internet, como Yahoo, Messenger, Facebook, etcétera, un objetivo distinto a la que tiene la norma actual.
Mito: Impone nuevas penas. Falso.
Este proyecto no contempla penas ni castigos nuevos que no estén ya incluidos en la legislación colombiana o en los acuerdos suscritos por Colombia.
Aciertos
Para Juan Francisco Ortega, el principal acierto de la norma es que define el ánimo de lucro. En el artículo 2 del proyecto, que reforma el artículo 61 de la Ley de Derechos de Autor, lo define como ganancia o provecho que se saca de algo. “Quienes abogan por suprimir esta referencia señalan que dicho concepto es discutido y discutible. Pero en el ámbito jurídico, el concepto es perfectamente claro: en el derecho de obligaciones nadie discute que el ánimo de lucro es el deseo de obtener un beneficio o ganancia”, precisa Ortega.
El segundo punto ventajoso del proyecto es, para los que la defienden, que regula aspectos esenciales del derecho de autor de Colombia.
Para Carlos Ramiro Chavarro, su principal objeto es cumplir y ajustar la normatividad colombiana a los conceptos de autor, de intérprete de artistas, ejecutante, etcétera. “En Colombia estábamos con la misma ley de derechos de autor del año 1982, hace 30 años. Entonces éramos un estado analógico en el que no había almacenamiento de USB o de cualquier mecanismo de información sino de fotocopias. Treinta años después nos ajustamos a un país digital”, explica.
Sin embargo, y aunque este es uno de los puntos que se han mostrado como una ventaja, Ortega pregunta por qué la ley deja vacíos importantes que habrían permitido regular mejor los derechos de autor en Colombia. “Actualmente el sistema no funciona adecuadamente porque no acepta excepciones ni limitaciones a los derechos exclusivos y resulta anacrónico con los tiempos que se viven sino también prácticamente imposible de controlar”, explica.
Actualmente existe violación de los derechos de autor en los siguientes casos: Parodiar una canción; traducir un texto del español al braille o hacer cualquier interpretación de una melodía.
Desventajas
Una de las cuestiones más discutidas es el artículo 13 que prohíbe la retransmisión de señales de televisión por internet. Sobre este punto, el senador Camilo Romero asegura que esto atenta contra la libertad de expresión y de información al prohibir cualquier tipo de retransmisión de contenido televisivo por internet.
Para Juan Francisco Ortega, eso no es del todo así. Asegura que la ley no afecta a los jóvenes, pero reconoce que hay sectores que piensan que una regulación tan cerrada puede perjudicar la innovación tecnológica y el desarrollo de nuevos modelos de negocio.
Sin embargo, Ortega dice que se podrían ver perjudicadas iniciativas empresariales cuyo objetivo sea que el usuario acceda a todos los canales desde una sola aplicación. “La pregunta es si es justo y equilibrado que alguien obtenga enormes beneficios derivados de publicidad o lucro indirecto a costa del trabajo de otros sin adquirir previamente los derechos de propiedad”, cuestiona Ortega.
Sobre este punto la ley acoje varias excepciones: reproducir y distribuir por la prensa o emitir por radiodifusión o transmisión pública por cable, artículos de actualidad, de discusión económica, política o religiosa publicados en periódicos o colecciones periódicas, u obras radiodifundidas que tengan el mismo carácter, en los casos en que la reproducción, la radiodifusión o la transmisión pública no se hayan reservado expresamente.
El otro tema polémico es la reducción de la ‘cuota de pantalla’ contemplada en el artículo 21, que reduce las producciones nacionales en fines de semana y festivos del 50% al 30%, “lo que va en contra de la defensa del trabajo de los colombianos y colombianas, que tanto menciona el Gobierno", afirma Romero.
Facebook revelará tu IP y las solicitudes de amigos que has hecho
Facebook anunció este jueves que implementará una nueva herramienta de perfil que descarga una lista de las direcciones de IP en las que el usuario se haya conectado.
A través de su blog oficial, Facebook informó que en la nueva
herramienta también se podrá descargar información que incluye nombres
anteriores y las solicitudes de amistad que se han hecho.
"Estará disponible gradualmente a todos los usuarios para su descarga
en el futuro. La opción está disponible en la configuración de su
cuenta de Facebook", publicaron los administradores de la red social.
La nueva herramienta que informa sobre la dirección IP pudiera interferir con las políticas de privacidad que exige cada país.
Facebook cuenta con 845 millones de usuarios.
Agencias de protección europeas se han manifestando mediante el
Artículo 29 de la Data Protection Working Party, para que Facebook no
deje que la información llegue a terceros sin autorización de los
usuarios.
Una IP es una etiqueta numérica que identifica una conexión de un
dispositivo que puede ser localizada conforme el lugar desde que se
establezca el usuario.